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El Aguinaldo y Hacienda: entendiendo la retención del ISR

Hoy toca hablar de un tema que a muchos nos genera dudas y, seamos honestos, algo de coraje: ¿por qué le quitan una parte a mi aguinaldo?

La respuesta es sencilla: se llama Impuesto Sobre la Renta (ISR).

El ISR es la contribución que, por ley, todos los mexicanos debemos pagar por los ingresos que obtenemos, y el aguinaldo, al ser considerado un ingreso, entra en esa categoría.

Por lo tanto, la empresa o patrón tiene la obligación, según el Servicio de Administración Tributaria (SAT), de hacer una retención de este impuesto antes de entregarte el dinero.

Esto significa que no te está quitando dinero por capricho, sino que está cumpliendo con su rol de recaudador.

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Lo que no sabías: la parte exenta de impuestos

¡Aguas aquí! No todo tu aguinaldo paga impuestos. De hecho, hay una parte que la ley considera exenta de esta retención, lo cual es una excelente noticia.

Según la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), tienes derecho a que tu patrón te entregue libre de impuestos una cantidad equivalente a 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA).

  • ¿Qué significa esto?: El valor de la UMA cambia cada año. Es importante que revises el valor vigente de la UMA diaria al momento de recibir tu pago para hacer el cálculo exacto.
  • En pocas palabras: Si tu aguinaldo no supera este monto de 30 UMAS, ¡no te deben descontar absolutamente nada de ISR!
  • Si lo supera: Solo la cantidad que exceda de esas 30 UMAS es la que estará sujeta al cálculo de la retención del impuesto.

Por ejemplo, si te tocan $10,000.00 de aguinaldo y el equivalente a 30 UMAS es de $3,500.00, solo se te calculará el ISR sobre los $6,500.00 restantes.

El cálculo: dos opciones para retener el impuesto

Tu patrón tiene que elegir una de dos maneras para hacer el cálculo de la retención del ISR a la parte de tu aguinaldo que sí está gravada:

  1. El cálculo sobre Ingresos Ordinarios (Método 174 del Reglamento): Este es un cálculo un poco más técnico, pero generalmente beneficia al trabajador. Para este fin, el patrón calcula el impuesto de tu aguinaldo de forma separada a tu salario normal, buscando aplicar una tasa menor para que el impacto no sea tan fuerte en tu bolsillo.
  2. El acumulamiento de ingresos (Método 175 del Reglamento): Este método es más directo y consiste en sumar tu aguinaldo a tu sueldo de ese mes y calcular el ISR sobre el total. Sin embargo, al aumentar tu base gravable, es muy probable que caigas en un rango de retención de impuesto mayor, lo que podría resultar en un descuento más grande.

Es crucial que sepas que la empresa está obligada a aplicar el método que resulte en el menor impuesto a cargo del trabajador.

Por lo tanto, deben hacer los dos cálculos y usar el que te convenga más.

Una última recomendación: revisa tu comprobante de pago

Finalmente, mi consejo es que no dejes pasar de largo tu recibo de nómina o comprobante de pago del aguinaldo.

Revisa que tu patrón haya separado claramente el concepto de «Aguinaldo» y la retención por «ISR del Aguinaldo».

Así podrás verificar que el descuento es el correcto y que no se están excediendo en la retención. ¡Tu dinero es tu esfuerzo, y tienes el derecho de saber cada peso!

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